JUZGADO DE PAZ
El Juzgado de Paz existe en aquellos municipios donde no existe Juzgado de Primera Instancia e Instrucción.
Conocerán en el orden civil, de la fundamentación en primera instancia, incumplimiento y ejecución de los procesos que la ley determine, también cumplirán funciones de Registro Civil y las demás que la ley le atribuya.
En el orden penal conocerá en primera instancia el proceso por las infracciones que les atribuye la ley. También podrán intervenir en los procesos de prevención penal, o por delegación y en los demás que señale la ley.
El Juez de Paz es designado por un período de 4 años por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. El nombramiento recae en la persona elegida por el Pleno del Ayuntamiento.
La oficina del Juzgado / Registro Civil se encuentra en la casa del Ayuntamiento, y funciona con el mismo horario y días hábiles que la administración municipal:
Lunes a viernes, no festivos, de 9 a 14 h.
En cualquier caso, la solicitud debe incluir el tipo de certificado que estás solicitando (nacimiento, matrimonio o defunción, literal, extracto, multilingüe, etc.), los datos del solicitante, incluido el teléfono de contacto, y los datos de registro más precisos posibles. De nacimiento, matrimonio o fallecimiento, volumen y página, etc.), así como la dirección si se desea enviar por correo.